Hola de nuevo queridos amigos:
En esta ocasión; quiero hablaros de una noticia de la que me enteré ayer y que me parece un gran avance en la protección social de las personas discapacitadas.
Resulta que a partir del 1 de Enero de este año; la consellería de Sanidad; otorga subvenciones para sufragar el coste de los productos de ortopedia y los medicamentos que si están cubiertos por la Seguridad Social.
El procedimiento es el siguiente:
1- El médico de cabecera o el médico del hospital redacta la receta del producto de ortopedia o medicamento que no está cubierto por la seguridad social. En la receta se nos informa de si podemos beneficiarnos o no de este tipo de subvenciones.
2- La ortopedia rellena los datos necesarios en la receta.
3- Rellenamos el formulario de devolución de los gastos de ortopedia y lo acompañamos de los documentos que se nos exigen.
4- Este formulario junto con la receta; los documentos exigidos etc; lo entregamos en nuestro centro de salud; en las oficinas PROP de la Generalitat Valenciana o en las oficinas de Correos.
5- En un mes; la consellería de Sanidad; nos abonará la subvención en nuestra cuenta corriente . Esta subvención tributa de forma OBLIGATORIA en hacienda; con lo que ; las personas que deben realizar declaración de renta todos los años; deben declarar esta subvención en la declaración de renta de cada año.
6- Los beneficiarios de esta subvención son:
a- Las personas con discapacidad menores de edad; que tengan una discapacidad reconocida mayor del 65%
b- Las personas con discapacidad mayores de edad; que tengan una discapacidad reconocida mayor del 65%.
c.- Los pensionistas y personas mayores de 65 años; tengan o no discapacidad.
Toda la información general sobre estas subvenciones; así como la información sobre la documentación exigida para tramitar las subvenciones; se encuentran publicadas y recopiladas en el enlace señalado al principio de este post.
Sin mas que añadir; me despido de vosotros; deseandoos una feliz semana amigos. ! Hasta la próxima!
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